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Fellow of the ERA – FERA Regulations

Regulaciones

El FERA es un reconocimiento importante otorgado por el Consejo de ERA a los miembros actuales de ERA. Este título se otorga a personas que han sido muy activas en las iniciativas y en la vida de la Sociedad, así como en los campos clínicos e investigativos relacionados con la nefrología y sus temas relacionados.

 

I. Beneficios de FERA

  1. Certificado FERA
  2. Insígnia FERA
  3. Reconocimiento por ERA en el sitio web de la Sociedad
  4. Un (1) punto extra en comparación con otros candidatos en la evaluación/selección de oradores para el programa de Embajador de ERA y/o para el Congreso anual y reuniones, así como para la nominación en la junta de los varios cuerpos de ERA

 

II. Nominaciones por el Consejo

El Consejo puede otorgar el FERA de su propia iniciativa siempre que los candidatos cumplan con los cuatro requisitos mencionados a continuación (Artículo V) y que hayan sido un miembro activo de ERA durante al menos cinco años consecutivos en el momento de la nominación (se ha preparado una plantilla específica que debe ser utilizada para este propósito) cualquier miembro del Consejo puede hacer la propuesta durante cualquier reunión del Consejo y el título FERA se otorga automáticamente después de una votación mayoritaria. El Consejo también examinará las propuestas y solicitudes presentadas por los miembros de ERA que deseen recibir este título.

Se pueden hacer excepciones para miembros con méritos excepcionales en el desarrollo de la nefrología en contextos geográficos y políticos difíciles.

 

III. Miembros ex-officio

Todos los miembros del Consejo, siempre que hayan sido miembros activos de ERA durante al menos cinco años consecutivos, reciben automáticamente, tras su elección, el reconocimiento FERA.

Todos los presidentes del Congreso de ERA también reciben el reconocimiento FERA, siempre que hayan sido miembros activos de ERA durante al menos cinco años consecutivos en el momento de la nominación.

 

IV. Requisitos generales para una solicitud del título FERA, válidos para todas las personas que no sean miembros ex-officio y que no sean nominados directamente por el Consejo.

  1. Los candidatos al título de FERA deben haberse destacado en la práctica de la medicina renal, en la ciencia médica o en la literatura médica y deben cumplir con los requisitos específicos mencionados a continuación (Artículo V)
  2. En el momento de su confirmación, el candidato FERA debe ser un miembro activo de ERA con al menos cinco años de antigüedad (en el momento de la nominación), y haber hecho una contribución significativa en uno o más de los campos de interés de ERA
  3. El formulario de solicitud de FERA y la documentación relacionada con los requisitos mencionados a continuación son los únicos documentos necesarios para presentar una candidatura

 

V. Requisitos específicos

  1. Certificación de la junta en nefrología o certificación equivalente (los solicitantes deben cumplir al menos una (1) de las cinco (5) opciones escritas a continuación).

Certificación de la Sociedad Nacional o del Consejo de Especialidad Médica en:

• Nefrología
o
• Nefrología Pediátrica
o
• Patología con especialización en patología renal
o
• Cirugía con especialización en trasplante de riñón
o
• Inmunología con especialización en enfermedades renales.

2. Actividad de ERA (los solicitantes deben cumplir al menos una (1) de las tres (3) opciones escritas a continuación).

•Presidente o miembro de la junta de uno de los Comités/Cuerpos de ERA: ERA WG, ERBP, SAB, Comité Científico del Congreso, Comité de Selección de Artículos del Congreso (mín. 3 periodos), CME Committee, Registro de ERA, YNP, etc. 
o 
• Editor y miembro de la Junta Editorial de NDT o CKJ 
o 
• Autor de 10 resúmenes aceptados para presentación en el Congreso de ERA (primer autor o autor principal) en los últimos cinco años 

3. Publicaciones (los solicitantes deben cumplir este requisito).

Al menos diez artículos publicados en revistas internacionales revisadas por pares en los últimos cinco años. En al menos uno de los artículos, el solicitante debe ser el primer autor o el autor principal.

4. Servicio público (los solicitantes deben cumplir al menos una (1) de las tres (3) opciones escritas a continuación).

Contribución al desarrollo de la nefrología a nivel:

• Nacional (documento, en inglés, firmado por el actual presidente de la Sociedad Nacional de Nefrología)
o
• Europeo (también países limítrofes de Europa y el Mar Mediterráneo) (documento firmado por el Presidente de ERA)
o
• Internacional (documento firmado por la persona apropiada designada para esta actividad internacional).

 

VI. Procedimiento de presentación y aprobación para los no miembros ex-officio que deseen recibir este título.

  1. El Formulario de Solicitud de FERA debe presentarse junto con la documentación relacionada con la certificación de la junta, la actividad de ERA, la publicación y los requisitos de servicio público
  2. El Secretario General de ERA es el responsable de FERA. Con la ayuda de la sede de ERA, él o ella verificará si se cumplen todos los criterios antes de presentar la lista final de solicitantes al Consejo; si no se cumplen algunos criterios, el Secretario General de ERA será responsable de ponerse en contacto con el solicitante para intentar resolver el asunto
  3. El Consejo de ERA es responsable de revisar las solicitudes y eventualmente otorgarlas. No hay examen involucrado en convertirse en un FERA
  4. Durante la primera Asamblea General anual posible, se dará reconocimiento a los compañeros FERA otorgados en los últimos 12 meses. En este momento, los compañeros FERA recibirán su diploma e insignia (si esto no es posible, se enviarán por correo)

 

 

Última actualización: Enero 2024